El anexo del contrato de alquiler: qué es, cuándo y por qué hacerlo
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Imagina que encuentras al inquilino perfecto para tu piso, firmas un contrato de alquiler… y al tiempo te das cuenta de que has olvidado indicar una cláusula. Y no una cláusula cualquiera, sino una tan importante como la que estipula la subida del precio del alquiler.
En esta situación, lo primero que te vendría a la mente es romper el contrato y hacer uno nuevo. Por suerte, existe una manera de modificar un contrato en vigor: el anexo del contrato de alquiler.
¿Qué es un anexo del contrato de arrendamiento?
El anexo es un documento que, como su nombre indica, se añade al contrato para modificar una o varias de las cláusulas iniciales, o bien para incluir cláusulas nuevas. Una vez firmado por ambas partes, el anexo debe graparse al final del contrato original.
¿Cuándo se hace un anexo al contrato de alquiler?
El anexo puede hacerse en cualquier momento desde que el contrato entra en vigor. Es decir, no hay que esperar un tiempo mínimo para poder añadirlo. Sin embargo, conviene saber que, para añadir un anexo al contrato, propietario e inquilino deben estar de acuerdo.
Si es el propietario quien quiere modificar el contrato y el inquilino no acepta, tendrá que esperar a que el contrato termine para poder modificar lo que desee. Al revés, si es el inquilino el “impulsor” del anexo, pero el propietario no quiere cambiar ni añadir ninguna cláusula, siempre tiene la opción de desistir del contrato cumplido el plazo mínimo exigido.
Hablamos directamente de esta posibilidad del inquilino porque, llegada la fecha de la renovación, es probable que el propietario siga sin aceptar lo que el inquilino le propuso en un principio (a fin de cuentas, no está obligado a acceder a sus peticiones).
¿Qué se puede modificar mediante un anexo al contrato?
Se puede modificar cualquier cláusula o añadir nuevas cláusulas, siempre que el nuevo contenido no sea contrario a la Ley de Arrendamientos Urbanos, el código normativo principal que regula este tipo de alquileres. Algunas de las cuestiones más frecuentes que se tratan en un anexo al contrato son las siguientes.
Tenencia de mascotas
La nueva Ley de Bienestar Animal ha introducido varios cambios que afectan directamente a los dueños de las mascotas. Sin embargo, a diferencia de lo que mucha gente piensa, esta ley no modifica el derecho del propietario a prohibir las mascotas en un alquiler. Las razones pueden ser varias, desde posibles desperfectos en la vivienda hasta molestias a los vecinos.
Ahora bien, si el inquilino piensa adoptar una mascota después de firmar el contrato, puede pedir (nunca exigir) al propietario un anexo que contemple la posibilidad de convivir con ella. Y al contrario, si el contrato inicial la contempla pero el propietario quiere eliminarla posteriormente, puede pactar con su inquilino (nunca imponer) la prohibición de tener mascotas.
Añadir nuevos inquilinos al contrato
La Ley de Arrendamientos Urbanos permite cambiar de titular el contrato de alquiler (subrogación), añadir o quitar inquilinos. La manera de hacerlo es mediante un anexo donde se recoja la nueva titularidad o cotitularidad.
Subalquilar habitaciones
Puede ser que el contrato original prohíba o permita el subalquiler de habitaciones. En ambos casos, esta situación puede modificarse mediante el anexo. Aunque en la práctica el inquilino puede pedir verbalmente al propietario que le deje hacerlo, lo más recomendable es dejarlo por escrito en un anexo.
Pago de los suministros
La mayoría de contratos estipulan que es el inquilino quien pagará los suministros (luz, agua y gas). No obstante, si es el propietario quien los paga porque olvidó indicar en el contrato que el responsable sería el inquilino, puede añadir un anexo para cambiar esta cláusula.
De hecho, nuestra recomendación es que siempre sea el inquilino quien asuma estos costes, ya que una de las prácticas frecuentes de un posible okupa es insistir en ponerlos a nombre del propietario. Así, como es ilegal cortar los suministros de una vivienda, el okupa tendría luz, agua y gas ilimitados y gratuitos hasta que se produjera la expulsión de la vivienda.
Actualizar la renta
Sin duda, uno de los aspectos más importantes. Como el subalquiler, la posibilidad de subir el precio del alquiler debe estar indicada en el contrato, si no, el propietario no podrá subirlo hasta que termine. El anexo le permite añadir esta posibilidad, pero, recordemos, el inquilino debe aceptar esta subida.
También es frecuente recurrir al anexo para cambiar la fecha del pago, por ejemplo, de los primeros diez días del mes a los primeros cinco.
¿Cómo saber qué cláusulas incluir en un contrato de alquiler?
En la relación propietario-inquilino pueden darse muchas situaciones que es necesario regular. Si estás pensando en alquilar tu vivienda y tienes miedo a dejarte alguna cláusula en el tintero (como la actualización de la renta), lo mejor es que dejes todo en manos del departamento jurídico de las agencias inmobiliarias como nosotros, Wolo.
Ahora bien, que el contrato recoja claramente el precio, el plazo para pagar y la actualización del alquiler no te salva de los posibles inquilinos morosos. En esa situación, los seguros de impago te ayudarían… al cabo de los meses de espera obligada, pero el Alquiler Garantizado de Wolo sí que te salvaría.
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