Seguro de impago de alquiler, ¿qué es y cómo funciona?

¿Qué es un seguro de impago de alquiler?

Poner en alquiler una vivienda siempre conlleva un mínimo riesgo para el propietario. Entre los temores que estos pueden tener, el impago del alquiler es el mayor, sin duda. Por suerte, los propietarios cuentan con herramientas como el seguro de impago de alquiler, un servicio pensado para ofrecer una seguridad adicional ante posibles inquilinos morosos.

Aunque este tipo de servicio es ampliamente utilizado, es importante entender su funcionamiento, sus limitaciones y, por qué no, las mejores alternativas a él, como veremos a lo largo de este artículo sobre el seguro de impago del alquiler.

¿Qué es un seguro de impago del alquiler?

El seguro de impago de alquiler es una póliza contratada que garantiza el cobro de las rentas en caso de que el inquilino no pague. Esta cobertura no solo asegura una parte o la totalidad de las mensualidades impagadas, sino que también puede incluir otros servicios, como defensa jurídica para los procedimientos de desahucio.

Este tipo de seguros requiere un previo estudio de solvencia del inquilino (realizado por el banco o la aseguradora), lo que puede limitar las opciones del propietario a la hora de seleccionar candidatos. Por ello, es importante analizar tanto los requisitos como las coberturas que ofrece el seguro al propietario.

¿Qué cubre el seguro de alquiler?

El seguro de impago de alquiler suele ofrecer cobertura en varios aspectos.

En primer lugar, garantiza el cobro de las rentas impagadas, que generalmente se cubren por un periodo que oscila entre 6 y 12 meses. Además, muchas pólizas incluyen servicios legales para iniciar un proceso de desahucio, así como indemnizaciones por posibles daños que el inquilino cause a la propiedad.

No obstante, es fundamental leer detenidamente las condiciones del contrato, ya que algunas coberturas pueden estar sujetas a limitaciones y exclusiones, por lo que el propietario podría dejar de estar protegido en ciertas situaciones.

¿Quién debe contratar el seguro de impago?

Como hemos dicho, el seguro de impago está dirigido a propietarios que desean alquilar su piso y buscan una protección adicional ante posibles impagos.

Lo puede contratar y pagar tanto uno como otro, pero, por ley, el propietario no puede obligar al inquilino a ello. Es decir, está en su derecho de solicitarlo como requisito para alquilar la vivienda, dejando la decisión en manos del inquilino.

Dicho esto, la verdad es que no es una práctica recomendable hacer que sea el inquilino quien pague la póliza. Y la razón es sencilla: si el inquilino deja de pagar el alquiler, es probable que también deje de pagar el seguro, por lo que la póliza se cancelaría y el propietario ya no estaría protegido. Es más, si el inquilino tiene problemas económicos, lo primero que dejará de pagar serán gastos “superfluos”, entre ellos, este seguro.

Sin embargo, también puede darse el caso de que el inquilino contrate libremente el seguro de impago. Es una forma de protegerse a sí mismo de cara al futuro, para asegurarse de que el propietario sigue cobrando y no se ve obligado a expulsarlo de la vivienda.

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Documentos solicitados para contratar un seguro de impago

Para poder acceder a un seguro de impago, el propietario debe proporcionar ciertos documentos que demuestren la capacidad de pago del inquilino. Entre los más habituales se encuentran el contrato de alquiler, un justificante de ingresos del inquilino (como nóminas o declaración de la renta) y el historial crediticio.

En general, las aseguradoras distinguen entre tipos de inquilinos en función de su situación laboral.

  • Trabajadores por cuenta ajena (empresa): lo normal es solicitar las dos o tres últimas nóminas, así como el contrato de trabajo para comprobar la antigüedad en la empresa. Los indefinidos suelen ofrecer más garantías que los contratos temporales.
  • Trabajadores por cuenta propia (autónomos): en este caso, habrá que presentar las dos o tres últimas declaraciones trimestrales del IRPF y/o del IVA, además del recibo de la cuota de autónomo.
  • Pensionistas: a los jubilados se les suele pedir el justificante de su condición de pensionista, además de un justificante de sus ingresos bancarios, como el extracto de cuenta.

Diferencias entre un aval bancario y un seguro de impago

El aval bancario y el seguro de impago de alquiler son dos herramientas que protegen a los propietarios, pero hay diferencias entre ellos.

El aval bancario es un acuerdo entre el inquilino y su banco, en el cual la entidad financiera se compromete a pagar el alquiler en caso de que el inquilino no pueda hacerlo (sujeto a las condiciones y limitaciones que imponga la entidad). El aval es gestionado por el inquilino y depende de su relación con el banco.

Por su parte, el seguro de impago lo contrata el propietario (aunque también puede pedírselo al inquilino, sin obligación de hacerlo) y garantiza el cobro de la renta. A diferencia del aval, en el seguro de impago el asegurado es el propietario, no el inquilino, y ofrece coberturas más amplias: desperfectos en la vivienda, asesoramiento legal en caso de desahucio, etc.

El Alquiler Garantizado de Wolo, mucho más que un seguro de alquiler

Aunque los seguros de impago de alquiler son una opción conocida, no siempre ofrecen la protección que los propietarios necesitan. En Wolo, hemos desarrollado un servicio que va más allá del seguro de impago tradicional: el Alquiler Garantizado de Wolo .

¿Por qué es mejor el Alquiler Garantizado de Wolo?

  • Cobertura sin límites temporales: A diferencia de los seguros convencionales que cubren entre 6 y 12 meses, nosotros te ofrecemos protección ilimitada durante todo el contrato de arrendamiento. Incluso en casos de desahucio, cubrimos la renta hasta que recuperes tu vivienda.
  • Pago inmediato desde el primer impago: Sin periodos de espera. Con Wolo, si tu inquilino deja de pagar, tú sigues recibiendo el alquiler desde el primer mes de impago, garantizando tus ingresos sin interrupciones.
  • Recuperación de la vivienda más rápida: Si el inquilino incumple, iniciamos de inmediato tanto la negociación extrajudicial para recuperar la vivienda de manera voluntaria, así como el proceso judicial paralelo, para que el desahucio no se prolongue más de lo necesario.
  • Cubrimos todos los gastos legales: Abogados, tasas judiciales y cualquier gasto relacionado con el desahucio o la recuperación del alquiler están completamente cubiertos por nosotros. Tú no tendrás que desembolsar nada.
  • Protección frente a daños y vandalismo: Si tu vivienda sufre algún daño por parte del inquilino, nuestra cobertura incluye los costes derivados del vandalismo para que tu inversión esté siempre protegida.
  • Atención personalizada y constante: No solo te protegemos en los momentos difíciles, también te mantenemos informado en todo momento. Desde la gestión de impagos hasta cualquier cambio en las condiciones del alquiler, te acompañamos en cada etapa del proceso.

En conclusión, el Alquiler Garantizado de Wolo es mucho más que un simple seguro de impago: es la forma más completa y eficaz de asegurar tu alquiler y proteger tu tranquilidad.

Por todo ello, en  Wolo ya somos la plataforma de propietarios de viviendas en alquiler mejor valorada del país.

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